Diferencia entre Orden y Decreto

Dentro del contexto de la ley estadounidense, los procedimientos civiles se rigen por un conjunto de leyes que establecen las reglas básicas para las acciones y la conducta de los ciudadanos, así como las reglas y los procedimientos que se utilizarán en un tribunal de justicia. En un tribunal civil, el juez puede expresar sus decisiones y dictar sentencia sobre la base de una orden o decreto. Aunque los dos conceptos parecen muy similares, existen diferencias significativas: una orden es una sentencia, una decisión tomada sobre consideraciones objetivas, mientras que un decreto es la parte final de la sentencia relativa a las pretensiones de uno de (o el a su socio) de. El traje.

¿Qué es un Decreto?

La definición de decreto se encuentra en la sección 2(2) del Código de Procedimiento Civil de 1908. Según el texto, un decreto es «una expresión formal de una sentencia que, en la medida expresada por el Tribunal, determina de manera concluyente los derechos de las partes en cuanto a todos o cualquiera de los asuntos en disputa en el juicio y puede ser preliminar o final”. El decreto es el resultado (o parte final) del juicio. Un decreto preliminar puede estar sujeto a procedimientos adicionales antes de que se pueda resolver la demanda, pero el decreto final, basado en el decreto preliminar, se pronuncia cuando se resuelven todos los asuntos de la demanda.

Para que se exprese un decreto, debe haber una sentencia, es decir, debe resolverse todo o parte de la demanda y debe tomarse una decisión concluyente sobre los derechos de las partes (resolución final). En otras palabras, una vez que el juez ha comunicado su fallo, el tribunal no puede utilizar ningún medio para cambiar la decisión tomada. El decreto sólo será válido si se comunica formalmente después del procedimiento previsto en la legislación.

¿Qué es una orden?

Una orden es una sentencia dictada por el tribunal (o panel), que no es un decreto (la sentencia final). En otras palabras, una orden es una instrucción del juez a una de las partes en la demanda, instruyendo al demandante a realizar (o no realizar) acciones específicas. Aunque el decreto se ocupa de cuestiones sustantivas, la orden se centra en los aspectos procesales (es decir, aplazamiento, modificación, etc.). La sección 2(14) del Código de Procedimiento Civil de 1908 define una orden como «la expresión formal de cualquier sentencia de un Tribunal Civil que no sea un decreto». Una orden puede o no determinar finalmente un derecho, pero siempre es definitiva y nunca puede ser perjudicial.

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Similitudes entre Orden y Decreto

De acuerdo con el Código de Procedimiento Civil de 1908, un decreto y una orden tienen varias características comunes aunque difieren en características clave. Algunas de las similitudes clave se enumeran a continuación.

  1. Un juez, o un panel de jueces, pronuncia decreto y orden en un tribunal civil;
  2. Ambos se expresan en el contexto de una disputa (juicio) entre dos (o más) partes enfrentadas;
  3. Ambas son decisiones formales; y
  4. Tanto la orden como el decreto son juicios.

¿Cuál es la diferencia entre una orden y un decreto?

A pesar de no tener mucho en común, auto y decreto son muy diferentes: el primero es una sentencia -generalmente expresada en materia de procedimiento- y el segundo es una sentencia firme que determina los derechos de las partes interesadas. Algunas de las diferencias clave entre los dos incluyen:

  1. El decreto se enfoca en los derechos legales de una de las partes en la disputa (o ambas), pero la orden es principalmente procesal. Cuando un juez dicta una orden, lo hace para invitar a una de las partes interesadas o para abstenerse de actuar:
  2. Durante un juicio puede haber un solo decreto –aunque puede ser preliminar o final– y puede haber múltiples decretos, que siempre son definitivos;
  3. Un decreto es un pronunciamiento formal de sentencia de un juez o tribunal, que determina los derechos de las partes interesadas y generalmente contiene una decisión final de derecho. Por el contrario, una orden es el anuncio legal de la decisión (o sentencia) dictada por el tribunal (o juez) sobre la relación de las partes en el marco de un proceso judicial; y
  4. Es habitual apelar contra un decreto aunque no hay segunda apelación contra autos.
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Orden vs Decreto

Sobre la base de las diferencias descritas en la sección anterior, podemos identificar algunas otras características que distinguen los dos conceptos.

Orden vs. Decreto: Tabla Comparativa

DecretoOrdenar
DefiniciónEl decreto se define en la sección 2(2) del Código de Procedimiento Civil de 1908 y es la sentencia oficial emitida por el juez, que explica los derechos de las partes involucradas en el contexto de la demanda.La orden se define en la sección 2(14) del Código de Procedimiento Civil de 1908 y es la notificación oficial de una decisión tomada por el juez sobre la relación entre las partes involucradas en el contexto de un juicio.
FormalidadUn decreto es una declaración formal del tribunal y, por lo tanto, debe comunicarse de acuerdo con el debido procedimiento.Una orden de un juez o panel de jueces es una declaración formal y, a diferencia de un decreto, nunca se puede apelar.
PasaporteEl decreto puede dictarse en el contexto de una demanda iniciada para presentar a un demandante.La orden podrá ser dictada en el marco de una demanda iniciada para presentar una queja, petición o demanda.

Resumen de Orden vs. Decreto

Una orden y un decreto son decisiones tomadas por un juez en un tribunal civil en el contexto de una demanda entre partes contrarias. El decreto, definido en la sección 2(2) del Código de Procedimiento Civil de 1908, es una declaración legal y formal de sentencia del tribunal (o juez), que determinará los derechos del demandante y del demandado, en virtud de cada uno o cualquiera de los una. asuntos de oportunidad. Por el contrario, una orden es una decisión formal del juez que se relaciona con cuestiones procesales y define la relación entre las partes involucradas en el contexto de la demanda. Si bien el decreto contiene una decisión legítima, la orden puede o no decidir correctamente pero, sin embargo, no es apelable.

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